PRESENTACIÓN
Malta es un archipiélago situado entre Europa y África (A solo dos horas de vuelo de París), formado por nueve islas, de las que solo cuatro están habitadas.
Este Estado insular es el lugar perfecto, por su situación geográfica y su régimen fiscal, para los empresarios que desean constituir su sociedad offshore.
Miembro de la Unión Europea y de la zona Euro, su relación con el resto de los países de la Unión permite disfrutar de interesantes disposiciones fiscales y en perfecta conformidad con el Derecho Internacional (numerosos acuerdos para evitar la doble imposición: Francia, Bélgica, Luxemburgo... y posibilidad de solicitar un número de IVA intracomunitario).
CREACIÓN DE SOCIEDAD
Los tipos de sociedad más frecuentemente utilizados en Malta son la International Trading Company y la Holding Company. Ambas permiten una gestión simplificada y flexible de la sociedad
gracias al Derecho de Sociedades vigente: la Common Law, basada en el sistema jurídico del Reino Unido.
El conjunto de normas aplicadas en línea con el sistema jurídico maltés y los acuerdos internacionales de intercambio de información (compatibles con las normas de la OCDE) garantizan
la reputación de la isla y sitúan a Malta en la lista de jurisdicciones "blancas", para mayor confianza de los inversores.
• Es necesario tener como mínimo un gerente/director.
• Se recomienda tener dos accionistas (uno autorizado), sin que existan restricciones sobre su residencia ni sobre su nacionalidad.
• Capital mínimo exigido: 1.200,00.- USD. No es obligatorio "bloquearlo" en una cuenta bancaria, pero al menos el 20 % debe ser desembolsado.
• Las sociedades están adaptadas a todo tipo de actividad legal y se pueden realizar actividades ligadas a las finanzas, juegos en línea, banca o seguros previa obtención de la correspondiente licencia. Una sociedad puede ejercer varias actividades.
• Las sociedades se pueden gestionar desde otro país. Por ejemplo, todas las reuniones oficiales de accionistas y gerentes pueden celebrarse en el extranjero.
FISCALIDAD
• Una sociedad del tipo International Trading Company, creada en Malta, debe pagar un impuesto sobre sociedades del 35 %.
Sin embargo, los directores y accionistas de la sociedad pueden solicitar una devolución de 6/7 del impuesto maltés pagado.
La imposición se reduce así a solamente el 5% [7,6*35=5]
Salvo en los casos siguientes:
* En caso de que los beneficios hayan sido generados por intereses pasivos o royalties, la devolución será de 5/7 del impuesto, esto es, del 10%.
* En caso de que prevalezca la doble imposición, la devolución será de 2/3 del impuesto, esto es, del 23,3%.
• Una sociedad del tipo Holding está completamente exonerada del pago de impuestos sobre los beneficios obtenidos si posee partes de una sociedad no residente.
• No se paga ningún impuesto sobre los dividendos ni plusvalías obtenidos, si la sociedad no pertenece al sector inmobiliario y el beneficiario de estas ganancias no es residente maltés.
En ese caso, se debe abonar simplemente una tasa fija anual de unos cientos de euros.
• Así mismo, las sociedades no están obligadas a mantener ni a presentar su contabilidad.
• No existe ningún derecho de sucesión sobre la transmisión de las acciones, en caso de fallecimiento de uno de los accionistas de la sociedad no residente.
• Discreción: Los accionistas que creen una sociedad se inscriben en el Registro local. Se puede sin embargo establecer un sistema de testaferro "nominado", tanto para accionistas como para el gerente.