Como crear, incorporar, constituir, formar, registrar una sociedad, compañía o empresa en España - Características de la creación de una sociedad Española - Requisitos - +34 615 75 20 75 - Zepol Alverres Management.

España

CREAR EMPRESA EN ESPAÑA
IMPUESTO SOCIEDAD - 15/30% -


 Constituir, formar o crear una empresa en España

Características del país:
Ubicación geográfica: Europa.
Régimen político: Monarquía constitucional.
Población: 46.549.045 habitantes (2017).
Idioma: Español.
Moneda: Euro.
Zona horaria: GMT+1.

PRESENTACIÓN
Bien sea para encontrar un puesto de trabajo o para disfrutar de la flexibilidad del sistema fiscal español desarrollando una actividad económica, cada vez es más frecuente que ciudadanos de la Unión Europea decidan venir a vivir a España.
En efecto, España es uno de los países europeos que cuenta con una política fiscal atractiva y flexible, debido a las numerosas convenciones firmadas entre los países de la UE y a nivel internacional (acuerdos contra la doble imposición con Hong Kong, por ejemplo), por lo que los trámites administrativos, jurídicos y contables son ligeros y rápidos. 

CREACIÓN DE SOCIEDAD
Los estatutos de la sociedad más frecuentemente utilizados en España son la "Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) y la Sociedad Anónima (SA)".
• No existen limitaciones en cuanto al número de accionistas, su residencia ni su nacionalidad. Un único accionista puede ser suficiente y puede además ser gerente/director.
• Capital mínimo necesario enteramente desembolsado en el momento de creación de la sociedad de 3.006,00.- €.
• Las sociedades están adaptadas a todo tipo de actividad legal y las actividades ligadas a las finanzas, juegos en línea, banca o seguros pueden realizarse previa obtención de la correspondiente licencia. Una sociedad puede ejercer varias actividades.
• Las sociedades se pueden gestionar desde otro país. Por ejemplo, todas las reuniones oficiales de accionistas y gerentes pueden celebrarse en el extranjero.

FISCALIDAD
El sistema fiscal español permite disfrutar de algunas ventajas y trucos que reducen la imposición y fomentan la creación de empresas y el dinamismo empresarial.
- El estatuto fiscal del "Autónomo" combina una fiscalidad progresiva y trámites limitados.
- El estatuto de "ETVE" permite disfrutar de una exoneración total de los dividendos traídos desde el extranjero.
Resumiendo, las imposiciones serían las siguientes:
• 0% Tasa profesional.
• 0% Tasa de aprendizaje.
• 0% Impuesto concertado anual (IFA).
• 0% Tasa sobre vehículos de transporte de mercancías (empresas de transporte).
• 25% Impuestos sobre sociedades para sociedades con una facturación inferior a 8 millones de euros.
• 30,6 % Cotizaciones sociales.
• Devolución del IVA mensual o trimestral (21%).
• 0% Impuestos sobre la fortuna, sucesiones y donaciones. (Dependiendo de la Comunidad autónoma).
• Discreción garantizada: Los accionistas que creen una sociedad se inscriben en el Registro local. Se puede sin embargo establecer un sistema de testaferro "nominado", tanto para accionistas como para el gerente.

Características de la creación de una sociedad española:
Tipo de sociedad: SA y SL.
Capital necesario: Capital mínimo exigido de 3.006,00.- €.
Sistema jurídico: Derecho Civil.
Número de directores/accionistas: Mínimo, 1 director/1 accionista (que puede ser una persona física o jurídica).
Anonimato y confidencialidad (Servicio de nominado): El nombre de directores y accionistas aparecen en el Registro Público, por lo que se puede recurrir a los servicios de un nominado.
Servicio de secretario: Sí.
Impuestos de sociedad (sobre beneficios): 
- Microempresas: Si facturación < a 5 millones de euros y menos de 25 asalariados, tasa aplicable a los primeros 300 000 euros: 20%.
- PYMES: Si facturación entre 5 y 8 millones de euros: 25%
- Grandes empresas: si facturación > a millones de euros: 30%.
Impuesto sobre la fortuna: 0%.
IVA: 
* 4% Super reducido - Artículos de primera necesidad como:
- Alimentos como pan, leche, etc.
- Medicamentos.
- Libros, prensa, revistas, etc.
- Prótesis, implantes o vehículos para personas con discapacidad.
-.Servicios de teleasistencia.
* 10% Reducido - Se aplica a otros productos como:
- Espectáculos en directo.
- Transporte.
- Espectáculos deportivos
- Bibliotecas, museos, galerías, etc.
- Bares, restaurantes, hoteles, etc.
- Exposiciones y ferias.
- Servicios de recogida y tratamiento de desechos y residuos.
* 21% General -Este tipo de IVA se aplica a todos los demás artículos que podamos adquirir sin excepción alguna, salvo los productos que hemos mencionado anteriormente.
Tasas gubernamentales: Sí (ND)
Exigencias contables: Obligación de mantenimiento de contabilidad y de presentación de informes anuales.
Acciones al portador: Sí (o nominativas)
Control de los cambios no residentes: Sí.

Enlaces de interés:
Sitio web del gobierno de España: http://www.la-moncloa.es/

https://administracion.gob.es/pagFront/espanaAdmon/directorioOrganigramas/gobiernoEstado/gobiernoEstado.htm/

¿Está interesado en nuestros servicios? ¡Estamos aquí para ayudarle!

Queremos conocer cuáles son exactamente sus necesidades para poder ofrecerle la mejor solución. Cuéntenos lo que necesita y haremos todo lo posible por ayudarle. 
Concertar una cita
Share by: