PRESENTACIÓN
Las Bahamas son un conjunto de islas situadas al norte de Cuba y al sur de Florida (EE. UU.) que pertenecen a la región del Caribe. Se trata de uno de los archipiélagos más ricos del Caribe, cuya economía se basa principalmente en el turismo y en las finanzas.
El archipiélago es un auténtico centro offshore internacional para inversores extranjeros y posee muchas ventajas que permiten optimizar al máximo la fiscalidad, disfrutando de una gran confidencialidad.
CREACIÓN DE SOCIEDAD
El tipo de sociedad más frecuentemente utilizada en las Bahamas, como en Belice, en Isla de Man y en BVI, es la "International Business Company" (IBC) debido a la gran flexibilidad y confidencialidad que ofrece a directores/gerentes y accionistas. Está generalmente representada por una Sociedad de Responsabilidad
Limitada por Acciones.
• No existen limitaciones en cuanto al número de accionistas, su residencia ni su nacionalidad. Un único accionista puede ser suficiente y puede además ser gerente/director.
• No se exige capital mínimo ni es obligatorio "bloquearlo" en una cuenta bancaria.
• Las acciones deben registrarse y se debe mantener un registro específico.
• Las sociedades se pueden gestionar desde otro país. Por ejemplo, todas las reuniones oficiales de accionistas y gerentes pueden celebrarse en el extranjero.
• Las sociedades no pueden mantener actividad comercial con sociedades ni individuos residentes en las Bahamas.
• Las sociedades no pueden poseer bienes inmobiliarios en las Bahamas.
• Las sociedades no están autorizadas a mantener las siguientes actividades: bancaria, seguros, reaseguro e inmobiliaria.
FISCALIDAD
El sistema fiscal de las Bahamas es similar al de Belice: se caracteriza por la inexistencia de impuestos sobre las sociedades no residentes cuyos beneficios provengan del extranjero (solo están sujetos al impuesto los ingresos locales) y por su elevada confidencialidad.
Bahamas ha firmado algunos acuerdos que le permiten facilitar las operaciones realizadas en el extranjero, concretamente en Argentina, Bélgica, China, Francia, Mónaco, Países Bajos, Nueva Zelanda, San Marino, Reino Unido, Estados Unidos.
• Una sociedad offshore creada en Bahamas no paga ningún impuesto ni tasa sobre los beneficios ni sobre los dividendos ni plusvalías obtenidos.
Debe simplemente abonar una tasa fija anual de unos cientos de euros.
• Así mismo, las sociedades offshore no están obligadas a mantener ni a presentar su contabilidad.
• No existe ningún derecho de sucesión sobre la transmisión de acciones en caso de fallecimiento de uno de los accionistas de una sociedad no residente.
• Discreción: los accionistas que crean una sociedad offshore son anónimos y su identidad no se inscribe en el registro local. También se puede establecer un sistema de testaferro "nominado", tanto para accionistas como para el gerente.