PRESENTACIÓN
Andorra (también conocida como el Principado de Andorra) es un Estado independiente situado en los Pirineos, entre España y Francia. El Principado es considerado uno de los Estados más pequeños del mundo.
Se rige por un sistema único, el pariaje. Basado en el Derecho feudal, el trono andorrano pertenece a dos copríncipes: el obispo catalán de Urgel y el jefe de Estado francés.
La economía de Andorra se basa principalmente en el sector financiero y en el turismo:
• Turismo de paso:
para aprovechar los precios competitivos propiciados por la ausencia de impuestos (más baratos que en Francia o en España).
• Turismo blanco:
para aprovechar sus numerosas pistas de esquí.
Andorra es una jurisdicción atractiva para empresarios e inversores ya que presenta numerosas ventajas, como un IVA reducido del 4,5%, un impuesto sobre la renta de los particulares y sobre la fortuna del 0%, un impuesto sobre sociedades de solo el 10%, etc.
CREACIÓN DE SOCIEDAD
Más allá de las particularidades puramente fiscales, Andorra conserva toda la flexibilidad de las jurisdicciones onshore tradicionales con un sistema poco restrictivo.
• 1 accionista mínimo y 2 administradores, uno de ellos "director", son suficientes para crear una sociedad. Será necesario, sin embargo, disponer de un "Secretary" residente en Andorra.
• Por lo tanto, hay que prestar una especial atención a la selección del agente que se ocupará de los trámites de la creación, ya que debe encargarse además de la gestión diaria de la estructura: funciones como "Secretary", domiciliación de la sociedad, presentación de las cuentas anuales, etc.
FISCALIDAD
• Una sociedad registrada en Andorra con actividad comercial y los no residentes pagan un impuesto de sociedades del 10 %.
• Andorra presenta una ventaja indiscutible respecto a los países de la Unión Europea: un IVA del 4,5% y no es necesario realizar los molestos trámites de solicitud del número de IVA intracomunitario para poder desarrollar actividad comercial "sin IVA".
• 0% de impuesto sobre dividendos y plusvalías.
• 0% de impuesto sobre la fortuna.
• 0% de impuesto sobre la renta de los particulares.
• 5% de impuesto sobre los royalties.
• Cotizaciones sociales reducidas, alrededor del 20% (5,5% el empleado y 14,5% la empresa). Estas cotizaciones cubren las bajas por accidente, enfermedad y jubilación.
• No hay ningún impuesto sobre los vehículos de empresa