PRESENTACIÓN
Situado a solo dos horas de París, el Reino Unido es un país europeo con imagen de marca internacional y conocido por su seriedad, lo que le confiere sin duda un lugar preferente en el sector de las finanzas y de la inversión onshore.
Esta jurisdicción ofrece un sistema fiscal atractivo y una administración local flexible que permiten la creación de una sociedad Ltd en apenas 24 horas.
CREACIÓN DE SOCIEDAD
Los tipos de sociedad más frecuentemente utilizados en Inglaterra son la Public Limited Company (Conocida como PLC) y la Private Limited Company (conocida como LTD, ltd. o Limited Company).
En caso de constitución de una LTD:
• Mínimo, 1 accionista. Un único accionista puede ser suficiente y puede además ser gerente/director.
No hay requisitos sobre su residencia ni nacionalidad.
• No se exige capital mínimo ni es obligatorio "bloquearlo" en una cuenta bancaria.
• Posibilidad de solicitar un número de IVA intracomunitario.
• Las sociedades están adaptadas a todo tipo de actividad legal y se pueden realizar actividades ligadas a las finanzas, juegos en línea, banca o seguros previa obtención de la correspondiente licencia.
Una sociedad puede ejercer varias actividades.
• Las sociedades se pueden gestionar desde otro país. Por ejemplo, todas las reuniones oficiales de accionistas y gerentes pueden celebrarse en el extranjero.
FISCALIDAD
El sistema fiscal británico permite disfrutar de ventajas que reducen la imposición de las sociedades y fomentan la creación de empresas, como:
• 0% Tasa de aprendizaje
• 0% Tasa profesional
• 0% Impuestos sobre la fortuna, sucesiones y donaciones
• 0% Impuesto concertado anual (IFA)
• Devolución mensual o trimestral del IVA (20%)
• Discreción garantizada: Los accionistas que creen una sociedad se inscriben en el registro local. Se puede sin embargo establecer un sistema de testaferro "nominado", tanto para accionistas como para el gerente.